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La presidenta de la Comunidad de Madrid presenta
el primer dispositivo para asegurar el cumplimiento de las órdenes de
alejamiento. Un aparato avisará a la víctima y llamará a la Policía si
el presunto agresor se acerca a menos de 500 metros.
El 10 de junio de 2.004 se aprobó el Protocolo
sobre actuación de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad con el fin
de mejorar la protección a las víctimas de violencia doméstica y lograr
una mayor coordinación entre los órganos judiciales y las fuerzas de
seguridad.
Hasta el día 10 de junio de 2.004 el número de
mujeres inscritas en el Registro Central de Protección de las Víctimas
de Violencia Doméstica es de 10.174 |
Es indudable la
preocupación e interés que despiertan entre la población los problemas
generados por el maltrato doméstico y la violencia familiar, o dicho de
otro modo, el abuso y la negligencia domésticos. El origen de la
expectación despertada entre los ciudadanos nace de un lado de la
gravedad de las lesiones tanto físicas como psíquicas producidas en las
victimas.
El núcleo familiar, lugar de confianza,
de diálogo, de descarga de los problemas es el lugar en el que se fragua
con el pasar del tiempo el núcleo de la violencia que un día, tarde o
temprano, acaba por pasar factura a todo el entorno familiar. En este
sentido el eminente psiquiatra Aquilino Polaino afirma que lo que
debería ser el escenario natural en el que las personas crecen, se
encuentran con los que más quieren, descansan, se cultivan y solazan sus
espíritus, bien acunados en la afectividad del hogar, se ha transformado
aquí, paradójicamente, en el lugar de desencuentro, en campo de batalla.
Lo cierto es que no estamos ante un
problema nuevo, por mucho que los medios de comunicación se empeñen en
hacérnoslo ver, pues ello pone más que nunca de relieve el ocultismo que
existía con anterioridad dado el escaso número de denuncias interpuestas
manifestando la verdadera realidad.
Los malos tratos pueden ser físicos
(heridas, bofetadas, contusiones, fracturas, golpes, quemaduras, etc.),
psíquicos (amenazas, humillaciones, exigencias de obediencia,
insultos, aislamiento, descalificaciones, etc.) o incluso sexuales
(uso de la fuerza o intimidación para imponer a la mujer una relación
sexual contra su voluntad). Esa violencia centrada en la pareja es el
núcleo de los problemas familiares, si bien acaba por extenderse a todos
sus miembros y como era de esperar hacia los miembros más débiles de la
unidad familiar, los hijos.
El 31 de
julio de 2.003 se aprobó por ambas cámaras la
Ley 27/2003 reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la
Violencia Doméstica en orden a lograr de una forma rápida la
adopción por parte de los Juzgados de Instrucción aquellas medidas
justificadas en la necesidad de protección de la víctima frente al
agresor.
Modelo
de solicitud de orden de protección
Los malos tratos a mujeres generaron el
año pasado más de 50.000 denuncias en España. Esta cifra histórica
implica un incremento del 16% (unas 7.000 denuncias), según los datos
del Mignisterio del Interior recogidos por el Instituto de la Mujer. En
2003 murieron según el ministerio, 70 mujeres a manos de sus parejas, un
34% más que en 2002 (en lo que va de año han muerto seis). Para los
expertos y las asociaciones de mujeres el aumento de las denuncias se
debe a una mayor confianza e independencia femenina. Con todo, sostienen
que la cifra recogida por las estadísticas sólo refleja una parte de los
casos. Las infracciones penales recogidas por el Ministerio del Interior
por casos de malos tratos contra mujeres (30% delitos y 70% faltas)
muestran que la mayoría de los denunciados fueron hombres casados (45%).
Los divorciados supusieron otro 11%. Las comunidades con más casos
fueron Andalucía (10.503), Madrid (7.914), Comunidad Valenciana (6.415)
y Cataluña (5.187).
Incluso en
otros países como el Reino Unido la
violencia doméstica ha alcanzado unos niveles alarmantes, donde la
Policía recibe una denuncia por minuto y dos mujeres a la semana
resultan muertas por sus ex o actuales parejas.
El estudio, hecho por los cuerpos de
inspectores de la Policía y la Fiscalía (CPS), ha revelado que las
fuerzas del orden fracasan en registrar como delitos más de la mitad de
las denuncias.
La ley
persigue obtener una acción integral y coordinada, que aúne tanto las
medidas cautelares penales sobre el agresor, esto es, aquellas
orientadas a impedir la realización de nuevos actos violentos, como las
medidas de protección de índole civil y social que eviten el desamparo
de las victimas de violencia doméstica y den una respuesta a su
situación de especial vulnerabilidad.
Se trata
de lograr un alivio inmediato de la víctima con el consiguiente
beneficio que le va a reportar una mayor sensación de seguridad.
Tengamos en cuenta que el Juez va a aplicar la Orden de Protección tanto
si los hechos perpetrados son considerados como una falta o como un
delito y con independencia de que en el momento de la denuncia no
resulten penalmente relevantes.
Para ello
se establece un procedimiento rápido por el que prácticamente de
forma inmediata se acuerdan una serie de medidas de protección a la
víctima. Se trata de un procedimiento sencillo que puede ser
solicitado de una manera fácil por cualquiera de las víctimas.
Las
medidas que se van a acordar son tanto de índole penal (medidas que
tienden a limitar la libertad de movimientos del agresor alejándolo de
la víctima) como civil (atribución del uso y disfrute de la vivienda
familiar, determinación del régimen de custodia, visitas, comunicación y
estancias con los hijos, régimen de prestación de alimentos así como
cualquier disposición que se considera oportuna con el fin de apartar al
menor de un peligro o de evitarle perjuicios).
En las
crisis derivadas de los malos tratos y violencia todos los miembros de
la familia resultan afectados, todos pierden, las víctimas por
descontado pero incluso los propios autores. Los miembros de la familia
más perjudicados serán los más débiles, los más vulnerables. Como
consecuencia de todo ello se originará una disgregación de la familia,
entre los progenitores mediante la interposición de la correspondiente
demanda de separación o divorcio e incluso lo que es peor con el
abandono precoz de los hijos del que hasta entonces era el domicilio
familiar.
©Ángel Palomino
Abogado
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Artículo 1º
Declaración
de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la
Violencia contra la Mujer de 20 de diciembre de 1993
“La
violencia contra las mujeres es “todo acto de violencia basado en la
pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado u
daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres,
inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública o
privada".
En 2003 se denunciaron en Madrid 277 violaciones un 6,5% más que
el año anterior.
El Observatorio del CGPJ estudiará más de 12.000 resoluciones
dictadas sobre malos tratos
El
Ayuntamiento de Madrid aprueba el Observatorio Municipal sobre la
Violencia de Género.En una primera fase, se
incluirán como temas prioritarios de estudio la violencia de pareja,
física y psicológica; las agresiones y abusos sexuales; la prostitución
y el tráfico de mujeres; y las mutilaciones genitales |
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